Además se establece la creación de un Consejo de la Trasnparencia, el cual será autónomo, resolverá conflictos y dictará instrucciones, como pautas de comportamiento tanto para quienes entregan la información, como para los que la demandan.
Este Consejo hace la distinción entre dos tipos de transparencia:
- Activa: es la información que se entregan "obligatoriamente" los entes públicos, como la nómina de los empleados y sus sueldos.
- Pasiva: es pedir información. La autoridad pertinente debe entregar esta información.
Si la autoridad se niega, el demandante de información puede acudir al Consejo de la Transparencia, quién como organismo autónomo deberá regir entre el interés privado y el público.
Lo más importante es que con esta maravillosa ley, se reforzará el papel de la opinión pública en la democracia por medio de la información a la que tenga acceso la gente en los medios de comunicación. La sociedad estará más informada y por lo tanto, podrá fiscalizar de mejor manera el hacer del gobierno de turno y de los medios.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario